miércoles, 13 de mayo de 2015

Junta de acción comunal

Junta de acción comunal


¿Qué es una junta de acción comunal?

La Junta de Acción Comunal es una corporación cívica sin ánimo de lucro compuesta por los vecinos  de un lugar, que aúnan esfuerzos  y recursos para procurar la solución de las necesidades más sentidas de la comunidad.  
Las JAC están constituidas por personas naturales mayores de catorce años que residan dentro del territorio de la misma.  

¿Están amparadas por la constitución?
Las JAC están amparadas en el Art 38 de la constitución política de Colombia, que garantiza el derecho del libre asociación para el desarrollo de actividades que las personas realizan en sociedad, y en el Art 103 de la Carta, según el cual el Estado favorecerá la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales con el propósito de constituir mecanismos democráticos en diferentes instancias.

Objetivos de una junta de acción comunal.  
Los organismos de acción comunal tienen los siguientes objetivos: 
  •  Promover y fortalecer en el individuo, el sentido de pertenencia frente a su comunidad, localidad, distrito o municipio a través del ejercicio de la democracia participativa; 
  •  Crear y desarrollar procesos de formación para el ejercicio de la democracia; 
  •  Planificar el desarrollo integral y sostenible de la comunidad;  
  • Establecer los canales de comunicación necesarios para el desarrollo de sus actividades; 
  •  Generar procesos comunitarios autónomos de identificación, formulación, ejecución, administración y evaluación de planes, programas y proyectos de desarrollo comunitario; 
  •  Celebrar contratos con empresas públicas y privadas del orden internacional, nacional, departamental, municipal y local, con el fin de impulsar planes, programas y proyectos acordes con los planes comunitarios y territoriales de desarrollo; 
  • Desarrollar procesos para la recuperación, recreación y fomento de las diferentes manifestaciones culturales, recreativas y deportivas, que fortalezcan la identidad comunal y nacional; 
  •  Construir y preservar la armonía en las relaciones interpersonales y colectivas, dentro de la comunidad, a partir del reconocimiento y respeto de la diversidad dentro de un clima de respeto y tolerancia; 
  • Lograr que la comunidad esté permanentemente informada sobre el desarrollo de los hechos, políticas, programas y servicios del Estado y de las entidades que incidan en su bienestar y desarrollo; 
  • Divulgar, promover y velar por el ejercicio de los derechos humanos fundamentales, los económicos, sociales y culturales y del medio ambiente consagrados en la Constitución y la ley; 
  •  Generar y promover procesos de organización y mecanismos de interacción con las diferentes expresiones de la sociedad civil, en procura del cumplimiento de los objetivos de la acción comunal; 
  •  Promover y facilitar la participación de todos los sectores sociales, en especial de las mujeres y los jóvenes, en los organismos directivos de la acción comunal;

Cargos del consejo comunal  
Los delegados que resulten elegidos para un período de dos años al Consejo Comunal, se reunirán internamente con el fin de hacer la designación del   
Presidente Vicepresidente Tesorero Secretario Coordinadores de comités o comisiones de trabajo. 


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